Estudio de Abogados Anzoategui & Asociados

Arbitraje Comercial Internacional

ARBITRAJE DE INVERSIONES / FUNDAMENTOS

El Derecho Internacional de Inversiones consiste en un conjunto de reglas que protegen a la inversión y al inversionista extranjero frente a las acciones de los Estados receptores de la inversión. El desiderátum de ese Derecho ha sido que mediante la protección internacional a la inversión, los inversionistas se sentirían más seguros y en consecuencia atraídos a realizar inversiones en los Estados que se obligaran por esas reglas.

Buena parte de ese Derecho se encuentra consagrado en los Tratados Bilaterales de Inversiones, TBIs o BITs por sus siglas en inglés, y los tratados multilaterales que abordan el tema inversión, ya sea como parte de un tratado de comercio, de manera regional o como uno de los aspectos críticos de inversiones extranjeras, tales como el de las garantías contra riesgo no comercial o el que crea un centro para solución de disputas de inversiones.

Los TBIs y los otros tratados donde se consagra el Derecho Internacional de Inversiones han sido producto de acuerdo de voluntad de los Estados, donde unos interesados en proteger el capital de sus nacionales han aceptado y logrado que los otros, los interesados en financiar su desarrollo, acepten reglas que benefcian a quienes no han sido parte de esos acuerdos: los inversionistas extranjeros.

Para el inversionista el Derecho Internacional de Inversiones Extranjeras consiste en un mecanismo de protección, no solo con la inclusión de estándares específcos de protección en contra ciertas acciones del Estado, sino con la inclusión de la posibilidad de demandar directamente al Estado anftrión ante instancias internacionales.

Para el Estado, por el otro lado el Derecho Internacional de Inversiones consiste en un mecanismo de promoción de inversiones, donde el leit motiv, ha sido la atracción de capitales con miras a fomentar el desarrollo económico del país.

ARBITRAJE COMERCIAL INTERNACIONAL

El Arbitraje Comercial Internacional es el medio más utilizado para resolver controversias privadas en materia comercial por su amplio alcance, exigibilidad y celeridad en la resolución de disputas.

El Arbitraje Comercial Internacional y el reconocimiento y ejecución de sentencias extranjeras cuenta con una amplia trayectoria por parte de los países miembros quienes adoptaron, en 1975 y 1979, dos convenciones: Convención Interamericana sobre Arbitraje Comercial Internacional -Convención de Panamá- y Convención Interamericana sobre Eficacia Extraterritorial de las Sentencias y Laudos Arbitrales -Convención de Montevideo-.

El Arbitraje Comercial Internacional es un tema de particular relevancia para comerciantes que proveen invertir en países con mayor estabilidad política, marcos legales claros y mercados consolidados. La presencia de estas condiciones son clave para asegurar que sus disputas se resolverán en concordancia con las disposiciones contenidas en las cláusulas arbitrales que han suscrito y que las sentencias que de ellas se deriven se ejecuten en los tribunales nacionales conforme con los principios y las normas aceptados a nivel internacional.

Diversos países de las Américas han avanzado en la consolidación de ambientes atractivos para las inversiones y el comercio internacional a través de la revisión de sus legislaciones en materia de arbitraje, incluyendo cuestiones relativas al reconocimiento de decisiones arbitrales. Sin embargo, algunos continúan enfrentando retos para establecerse como mercados aptos para la inversión, situación que puede revertirse, no solo con la adopción de legislaciones que recepten las tendencias internacionales, sino también fortaleciendo la agilidad de los sistemas judiciales y su capacidad de garantizar la correcta aplicación de las normas jurídicas internacionales que rigen el arbitraje comercial internacional.

CONTRATO DE ARBITRAJE EN EL CCCN

El 1 de Agosto de 2015 entro en vigencia el Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN), aprobado por ley 26994. El CCCN introduce varios cambios y novedades importantes. Una de ellas es la incorporación normativa del contrato de arbitraje. Dado que es una fgura nueva dentro de nuestro ordenamiento jurídico es importante ensenar como funciona un contrato de arbitraje, como son sus cláusulas, ventajas y desventajas. Modifcaciones necesarias.


Nuestra socia fundadora, Nancy Teresa Anzoategui, es Arbitro Internacional Independiente, abogada y docente de Buenos Aires, Argentina, especialista en Arbitraje Comercial Internacional y de Inversiones.

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